El consejo técnico de la contaduría pública, desde el 5 de octubre publicó el proyecto titulado “Documento para discusión pública – Decreto reglamentario sobre revisoría fiscal” y yo considero que lo estábamos necesitando, porque así como nos pone más exigencias en aras de hacer que nuestro trabajo tenga valor y respeto, también nos da apoyo y beneficios.
Son prácticamente 19 artículos para revisar:
- De la elección y revocación del revisor fiscal. Este le da la potestad “solamente a la asamblea” para designar y revocar, asignar remuneración, forma de pago, estableciendo mayoría absoluta el 50 + 1 de los votos , además obliga a su inscripción antes de iniciar funciones y antes de terminar funciones debe esperar la inscripción del reemplazo, también obliga al incremento de su remuneración (el decretado por ley), en los casos en que no se reúna la asamblea para dar por terminada su función, dándole continuidad, obliga a que en el orden del día debe estar el punto de elección y a suscribir su contrato.
- Cuando el revisor fiscal denuncie un acto de corrupción o delito, no puede ser retirado de su función, durante el período para el cual haya sido elegido, pero este si podrá dejar su cargo por conveniencia.
- Obliga al revisor fiscal a denunciar actos ilícitos a más tardar dentro un mes siguiente a la detección del ilícito, reforzando de esta manera nuestro código de ética profesional.
- Obliga a levantar acta para el empalme entre revisor fiscal saliente y el entrante y obliga a la parte administrativa facilitar este proceso.
5. Para los obligados a tener suplente, este debe ser designado con su pleno conocimiento y también se debe inscribir ante las entidades pertinentes.
6. Obliga al revisor fiscal a hacer acto de presencia en las asambleas y durante toda la asamblea o máximo órgano social.
7. Refiere al tema de las sociedades en la ley 43 de 1990 y su definición en el artículo 100 del código de comercio.
8. Armoniza los términos utilizados para nombrar los estados financieros buscando su lectura comprensiva.
9. Sobre la denominación de los estados financieros.
10. Busca la armonización del contenido de los dictámenes que le son obligatorios emitir al revisor fiscal de acuerdo con las normas vigentes.
11. Busca que el revisor fiscal deje constancia en el dictamen expedido, para que haya evidencia frente a futuros cuestionamientos.
12. En los actos ilícitos evidenciados en empresas que sean contratadas por el estado, se deben informar dentro de los dos meses siguientes a la detección, a la Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República.
13. Busca el apoyo por parte de las autoridades que ejercen inspección, vigilancia y control.
14. De los procedimientos y técnicas de interventoría de cuentas.
15. Debe determinar los procedimientos seguidos para la obtención de la información.
16. La obligación de las firmas de las declaraciones tributarias, solo si es exigible.
17. Y 18 Sobre la fe pública.
19 De las investigaciones disciplinarias

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