Mediante la resolución 1526 de 2021 el Ministerio de Salud y Protección Social modifica el artículo 1 de la Resolución 506 de 2021 en cuanto al plazo para para que los facturadores electrónicos del sector salud adopten el Anexo Técnico «Campos de datos adicionales del sector salud incluidos en la generación de la factura electrónica de venta».
Dicha modificación queda así:
“La presente resolución tiene por objeto adoptar el Anexo Técnico «Campos de datos adicionales del sector salud incluidos en la generación de la factura electrónica de venta», que contiene los campos de datos en formato XML como requisitos adicionales que deberán cumplir los actores del sector salud en la generación de la factura electrónica de venta, así como establecer disposiciones para su implementación.
El anexo técnico, que hace parte integral de la presente resolución, se dispondrá en la URL http://url.minsalud.qov.colfacturacion-electronicahabilitada por la DIAN, a través de la Resolución 42 de 2020, modificada por las Resoluciones 012, 037 y 63 de 2021 y deberá ser adoptado por los facturadores electrónicos del sector salud a más tardar el 31 de marzo de 2022, sin perjuicio de que los agentes en el marco de los acuerdos de voluntades establecidos suscritos, puedan compartir dicha información».
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